Ciudad Victoria, Tamps.- Para resolver el procedimiento administrativo de “Responsabilidad Patrimonial” promovido por la ciudadana Lirice Díaz Zúñiga, el Ayuntamiento de Victoria determinó reponer los gastos generados por el daño que causó un bache a un vehículo de su propiedad.
La resolución dictada a través de la Secretaría del Ayuntamiento marca el antecedente irrefutable del compromiso del Alcalde Xicoténcatl González Uresti de servir y atender no solo las necesidades básicas de la población, si no que también reafirma su promesa de responder en el marco normativo que rige a los ayuntamientos las responsabilidades que con motivo de su actividad administrativa pueda causar en los bienes o derechos a los particulares.
En base a ello y en disposición del Artículo 18, numeral 1 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y sus municipios, el Gobierno Municipal emitió este resolutivo a favor de Lirice Díaz Zúñiga, luego de haber recepcionado y analizado las pruebas fehacientes presentadas por la afectada.
En ese orden de responsabilidades una vez emitida la resolución se giró instrucciones a la Tesorería Municipal para que cubra el monto total de los gastos correspondientes y, se instruyó a la Dirección de Obras Públicas implementar las acciones pertinentes para corregir las zonas afectadas en cuanto a la durabilidad del pavimento, y la seguridad de los usuarios.
La Presidencia Municipal que encabeza el Dr. Xico González, emite un oficio en donde declara que si llegara a existir algún inconveniente por daños causados a sus vehículos por caer en algún bache en este municipio, la Administración asume los costos de reparación, ahora con menos trámites necesarios para su comprobación.
Los requisitos que se deben presentar en caso de reclamación son los siguientes:
– Escrito debidamente fundado dirigido al C. Presidente Municipal; con la narración de los hechos (fecha, lugar, situación).
– Fotografías tomadas en el momento del percance, mostrando el bache y el daño causado.
– Factura de la reparación.
– 1 peritaje de valuación de los daños causados por el bache, emitido y firmado por una persona con conocimientos técnicos o profesionales sobre la materia; puede ser perito oficial (tránsito) o perito particular.
– El parte informativo del accidente vial, emitido por un oficial de tránsito donde se establezcan los hechos ocurridos y los motivos que dieron lugar al percance.